Política de privacidad

AVISO DE PRÁCTICAS DE PRIVACIDAD DE HIPAA DEL ("PATROCINADOR DEL PLAN")

El patrocinador del plan está obligado por ley a mantener la privacidad de su información protegida de salud (PHI), otorgarle ciertos derechos con respecto a su PHI, proporcionarle una copia de este aviso y cumplir con los términos del mismo. El patrocinador del plan se reserva el derecho de modificar los términos de este aviso y sus prácticas relacionadas con su PHI. Si se realiza algún cambio sustancial en este aviso, el patrocinador del plan le proporcionará una copia del Aviso de prácticas de privacidad revisado.  

Uso y divulgación

El Patrocinador del Plan puede usar o divulgar su PHI bajo ciertas circunstancias sin su permiso. Todas estas circunstancias se incluirán en una de las categorías enumeradas a continuación.

ESTE AVISO DE PRÁCTICAS DE PRIVACIDAD DESCRIBE CÓMO SU PATROCINADOR DEL PLAN (SU EMPLEADOR QUE PATROCINA SU PLAN DE SALUD GRUPAL) PUEDE USAR O DIVULGAR SU INFORMACIÓN MÉDICA Y CÓMO PUEDE USTED ACCEDER A ESTA INFORMACIÓN. POR FAVOR, LÉALO DETENIDAMENTE.  

  • Para las operaciones de atención médica, usos y divulgaciones necesarios para administrar el Plan.
  • Para el pago, para determinar su elegibilidad para los beneficios del Plan, para facilitar el pago del tratamiento o los servicios que recibe de los proveedores de atención médica, para determinar la responsabilidad de los beneficios bajo el Plan o para coordinar la cobertura del Plan.
  • Para el tratamiento, para facilitar el tratamiento o los servicios médicos por parte de proveedores, incluidos médicos, enfermeros, técnicos, estudiantes de medicina u otro personal hospitalario que participe en su atención.
  • Alternativas de tratamiento o beneficios y servicios relacionados con la salud que puedan ser de su interés.

HAMASPIK KINGS, INC.

FECHA DE ACTUALIZACIÓN: 1/1/2024

La Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro Médico de 1996 (HIPAA) y la Ley de Tecnología de la Información de Salud para la Salud Económica y Clínica de 2009 (Ley HITECH) imponen restricciones importantes sobre el intercambio de su información médica y le otorgan derechos de privacidad importantes.  

Este Aviso de Prácticas de Privacidad (el “Aviso”) reemplaza todos los avisos anteriores proporcionados por el Patrocinador del Plan y entra en vigor en la Fecha de Distribución indicada anteriormente. Este Aviso describe las obligaciones legales del Patrocinador del Plan y sus derechos legales con respecto a su “información de salud protegida” (“PHI”) en poder de su Patrocinador del Plan y su Plan de Salud Grupal. Este Aviso describe cómo se puede usar o divulgar su PHI para llevar a cabo el tratamiento, el pago o las operaciones de atención médica, u otros fines permitidos por la ley. Por lo general, la PHI incluye su información personal recopilada de usted o creada por su Plan de Salud Grupal, o por el Patrocinador del Plan en nombre de un Plan de Salud Grupal, que se relaciona con su salud o condición física o mental pasada, presente o futura; la prestación de atención médica; o el pago pasado, presente o futuro por la prestación de atención médica, e incluye sus elecciones para inscribirse en el Plan.  

Si tiene alguna pregunta sobre este Aviso o sobre nuestras prácticas de privacidad, comuníquese con el Oficial de Privacidad que se identifica a continuación. El Patrocinador del Plan puede contratar agentes, proveedores de servicios y administradores externos para administrar la totalidad o parte de su Plan de Salud Grupal, como el pago de reclamaciones y la gestión de inscripciones. El término Patrocinador del Plan, tal como se utiliza en este Aviso, incluye a todas las entidades que brindan servicios relacionados con su Plan de Salud Grupal y que tienen acceso a su PHI. El Patrocinador del Plan y los proveedores de servicios contratados están obligados por ley a cumplir con los términos de este Aviso.  

  • Según lo exija la ley cuando así lo exija la ley federal, estatal o local.
  • A Asociados Comerciales para realizar diversas funciones en nuestro nombre o para proporcionar ciertos tipos de servicios. Un Asociado Comercial recibirá, creará, mantendrá, transmitirá, usará y/o divulgará su PHI, pero solo después de que acuerde por escrito con el Patrocinador del Plan implementar las medidas de seguridad adecuadas con respecto a su PHI.

Además, las siguientes categorías describen otras formas en las que el Patrocinador del Plan puede usar y divulgar su PHI sin su autorización específica. Todas las formas en las que el Patrocinador del Plan tiene permitido usar y divulgar información se incluirán en una de estas categorías.  

  • Para evitar una amenaza grave a la salud o la seguridad para usted, o para la salud y seguridad del público, o de otra persona, limitado a alguien capaz de ayudar a prevenir la amenaza
  • Compensación laboral o programas similares, pero solo según lo autorizado por, y en la medida necesaria para cumplir con, las leyes relacionadas con la compensación laboral y programas similares que brindan beneficios por lesiones o enfermedades relacionadas con el trabajo.dad.  
  • Personal militar, si usted es miembro de las fuerzas armadas, según lo requieran las autoridades del mando militar. El Patrocinador del Plan también puede divulgar información protegida de salud (PHI) sobre personal militar extranjero a la autoridad militar extranjera correspondiente.utoridad.  
  • Donación de órganos y tejidos, después de su fallecimiento a una organización que se encargue de la obtención de órganos o del trasplante de órganos, ojos o tejidos, o a un banco de donación de órganos, según sea necesario para facilitar la donación y el trasplante de órganos o tejidos.
  • Riesgos para la salud pública para actividades de salud pública. Estas actividades generalmente incluyen lo siguiente:
    • prevenir o controlar enfermedades, lesiones o discapacidades;
    • avisar a las personas sobre el retiro de productos que puedan estar utilizando;
    • notificar reacciones a medicamentos o problemas con productos;
    • denunciar el abuso o la negligencia infantil;
    • notificar nacimientos y defunciones;
    • notificar a una persona que pueda haber estado expuesta a una enfermedad o que pueda estar en riesgo de contraer o propagar una enfermedad o afección;  
    • notificar a la autoridad gubernamental correspondiente si el Patrocinador del Plan considera que un paciente ha sido víctima de abuso, negligencia o violencia doméstica. El Patrocinador del Plan solo realizaremos esta divulgación si usted está de acuerdo, o cuando la ley lo requiera o autorice.  
  • Actividades de supervisión sanitaria para actividades autorizadas por la ley. Por ejemplo, auditorías, investigatciones, inspecciones y concesión de licencias.  
  • Demandas y disputas en respuesta a una orden judicial o administrativa, incluida la respuesta a una citación legal, proceso de descubrimiento solicitud u otro procceso por parte de alguien involucrado en una disputa legal, pero solo si se han realizado esfuerzos para informarle sobre la solicitud o para obtener una orden judicial o administrativa que proteja la información solicitada.  
  • Fuerzas del orden si lo solicita un agente de las fuerzas del orden:  
    • en respuesta a una orden judicial, citaciena, orden judicial, citación o proceso similar;  
    • para identificar o localizar a un sospechoso, fugitivo, testigo material o persona desaparecida;
    • sobre un fallecimiento que el Patrocinador del Plan considere que puede ser resultado de una conducta delictiva; y
    • sobre la víctima de un delito si, bajo ciertas circunstancias limitadas, el patrocinador del plan no puede obtener el consentimiento de la víctima;
    • sobre conducta delictiva.
  • Médicos forenses, examinadores médicos y directores de funerarias, por ejemplo, para identificar a una persona fallecida o determinar la causa de la muerte. El patrocinador del plan también puede divulgar información médica sobre los pacientes a los directores de funerarias, as necesario para llevar a cabo sus funciones.  
  • Reclusos de una institución correccional o bajo la custodia de un funcionario encargado de hacer cumplir la ley, a la institución correccional o al funcionario encargado de hacer cumplir la ley si es necesario para que la institución le proporcione atención médica; a proteger su salud y seguridad o la salud y seguridad de otros; o para la seguridad y protección de la institución correccional.  
  • Actividades de seguridad nacional e inteligencia a funcionarios federales autorizados para actividades de inteligencia, contrainteligencia y otras actividades de seguridad nacional autorizadas por ley.
  • Investigación, a investigadores cuando se hayan eliminado los identificadores individuales; o cuando una junta de revisión institucional o una junta de privacidad haya revisado la propuesta de investigación y establecido protocolos para garantizar la privacidad de la información solicitada, y apruebe la investigación.  

Divulgaciones obligatorias

El patrocinador del plan debe divulgar su PHI a:

  • Auditorías gubernamentales al Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos cuando el Secretario esté investigando o determinando nuestro cumplimiento de la norma de privacidad de HIPAA.  
  • Divulgaciones a usted A petición suya, la parte de su PHI que contiene registros médicos, registros de facturación y cualquier otro registro utilizado para tomar decisionesnes sobre sus beneficios de atención médica.  

Otras divulgaciones

El patrocinador del plan puede divulgar su PHI a:  

  • Representantes personales autorizado por usted, o a una persona designada como su representante personal, o apoderado-fact. Debe proporcionar un aviso/autorización por escrito y documentos de respaldo, como un poder notarial. El patrocinador del plano no tiene que divulgar información a un representante personal si el patrocinador del plan tiene motivos razonables para creer que usted ha sido, o puede ser, víctimarelacionado con violencia doméstica, abuso o negligencia por parte de dicha personapersona; o si tratar a dicha persona como su representante personal pudiera ponerlo en peligro; o si, en el ejercicio del juicio profesional, no es lo mejor para usted tratar a esa persona como su representante personal.  
  • Cumplir con su autorización. Otros usos o divulgaciones de su PHI no descritos anteriormente solo se realizarán con suautorización por escrito. El patrocinador del plan puede denegar una solicitud de divulgación de sus notas psiquiátricas. El patrocinador del plan no utilizará ni divulgarádivulgar su información médica protegida (PHI) para fines de marketing; o vender su PHI, a menos que usted proporcione una autorización por escrito. Puede revocar las autorizaciones por escrito en cualquier momento, siempre que la revocación sea por escrito. Una vez que el patrocinador del plan reciba su revocación por escrito, esta solo será efectiva para usos y divulgaciones futuros. No será efectiva para ninguna información que pueda haber sido utilizada o divulgada basándose en la autorización escrita antes de recibir su revocación por escrito.n.  

Derechos de privacidad

  • Derecho de inspección y copia. Usted tiene derecho a inspeccionar y copiar cierta PHI que pueda utilizarse para tomar decisiones sobre los beneficios de su Planbeneficios del Plan. Si la información que solicita se mantiene electrónicamenteelectrónicamente, y usted solicita una copia electrónica, el Patrocinador del Plan proporcionará una copia en la forma y el formato electrónicos que usted solicite, si la información puede producirse fácilmente en esa forma y formato; si la información no puede producirse fácilmente en esa forma y formato, el Patrocinador del Plan El Patrocinador del Plan trabajará con usted para llegar a un acuerdo sobre la forma y el formato o le proporcionará una copia en papel. Para inspeccionar y copiar su PHI,debe enviar su solicitud por escrito al Oficial de Privacidad que se indica a continuación. El Patrocinador del Plan puede cobrar una tarifa razonable por los costos de copia, envíoenvío u otros suministros asociados con su solicitud. El Patrocinador del Plan puede denegar su solicitud de inspección y copia en ciertas circunstancias muy limitadas. circunstancias. Si se le deniega el acceso a su información médica, puede solicitar que se revise la denegación enviando una solicitud al el Oficial de Privacidad que se indica a continuación.  
  • Derecho a un recuento de divulgaciones Usted tiene derecho a solicitar un "recuento" de ciertas divulgaciones de su PHI. El recuento no incluirá (1) divulgaciones para fines de tratamiento, pago u operaciones de atención médica; (2) divulgaciones hechas a usted; (3) divulgaciones hechas conforme a su autorización; (4) divulgaciones hechas a amigos o familiares en su presencia o debido auna emergencia; (5) divulgaciones para fines de seguridad nacional; y (6) divulgaciones incidentales a otras divulgaciones permitidas. Para solicitar esta lista o recuento de divulgaciones, debe enviar su solicitud por escrito al Oficial de Privacidad que se indica a continuación. Su solicitud debe especificar el período de tiempo que desea que cubra el recuento, el cual no puede ser mayor a seis años antes de la fecha de la solicitud. Su solicitud debe indicar en qué formato desea recibir la lista (por ejemplo, en papel o electrónico). La primera lista que solicite dentro de un período de 12 meses se le proporcionará sin costo alguno. Por listas adicionales, el Patrocinador del Plan puede cobrarle los costos de proporcionar dicha lista. El Patrocinador del Plan le notificará el costo involucrado y usted podrá optar a retirar o modificar su solicitud en ese momento antes de quese incurra en algún costo.  
  • Derecho a solicitar una enmienda. Si considera que su PHI es incorrecta o está incompleta, puede solicitar al Patrocinador del Plan que modifique la información. Usted tiene derecho a solicitar una enmienda mientras la información sea conservada por o para el Plan. Para solicitar una enmienda, su solicitud debe realizarse por escrito y enviarse al Oficial de Privacidad que se indica a continuación. Además, debe proporcionar una razón que respalde su solicitud. El Patrocinador del Plan puede denegar su solicitud de enmienda si no se presenta por escrito o nono incluye una razón que respalde la solicitusolicitud. Además, el Patrocinador del Plan puede denegar su solicitud si:  
    • no fue creada por el Plan, a menos que la persona o entidad que creó la información ya no esté disponible para realizar la enmienda;
    • no forma parte de la información médica conservada por o para el Plan;
    • no forma parte de la información que se le permitiría inspeccionar y copiar; o
    • ya es precisa y completa.
    • Si se deniega su solicitud, usted tiene derecho a presentar una declaración de desacuerdo ante el Patrocinador del Plan, y cualquier divulgación futura de la información en disputa incluirá su declaración.  
  • Derecho a solicitar restricciones o limitación sobre su PHI que el Patrocinador del Plan utilice o divulgue para fines de tratamiento, pago u operaciones de atención médica. También tiene derecho a solicitar un límite sobre la PHI que se divulgue a alguien involucrado en su atención o en el pago de su atención, como un familiar o amigo. Salvo lo dispuesto en el párrafo siguiente, el Patrocinador del Plan no está obligado a aceptar su solicitud. Sin embargo, el Patrocinador del Plan cumplirá con cualquier solicitud de restricción si (1) salvo que la ley exija lo contrario, la divulgación se realiza a un profesional de la salud plan con el fin de llevar a cabo operaciones de pago o de atención médica (y no con el fin de llevar a cabo un tratamiento); y (2) la información protegida de salud (PHI) se refiere únicamente a un artículo o servicio de atención médica por el cual el proveedor de atención médica involucrado ha recibido el pago completo pusted u otra persona. Para solicitar restricciones, debe presentar su solicitud por escrito al Oficial de Privacidad que se indica a continuación. En su solicitud, debe especificar (1) qué información desea limitar; (2) si desea limitar nuestro uso, divulgación, o ambos; y (3) a quién desea que se apliquen los límites, por ejemplo, a la divulgación de información a su cónyuge. Si el Patrocinador del Plan acepta la solicitud, esta permanecerá vigente hasta que usted la revoque o el Patrocinador del Plan le notifique lo contrario.  
  • Derecho a solicitar comunicaciones confidenciales sobre asuntos médicos de una manera determinada o en un lugar determinadon. Por ejemejemplo, puede solicitar que el Patrocinador del Plan solo lo contacte en el trabajo o por correo postal. Su solicitud debe realizarse por escrito al Oficial de Privacidad identificado a continuación y especificar cómo o dónde desea ser contactado. El Patrocinador del Plan atenderá todas las solicitudes razonables.  
  • Derecho a ser notificado de una violación en caso de que eel Patrocinador del Plan (o un Asociado Comercial) descubra una violación de información de salud protegida (PHI) no asegurada.  
  • Derecho a una copia impresa de este aviso. Puede solicitar una copia impresa de este aviso en cualquier momento al Oficial de Privacidad identificado a continuación, incluso si ha aceptado recibir este aviso por vía electrónica.  

Quejas

Si considera que se han vulnerado sus derechos de privacidad, puede presentar una queja ante el Plan o ante la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos. Para presentar una queja ante el Plan, comuníquese con: Todas las quejas deben presentarse por escrito. No será penalizado ni objeto de represalias de ninguna otra forma por presentar una queja ante la Oficina de Derechos Civiles o ante nosotros.  

Empresa:
Cargo:
Dirección:
Teléfono:
Oficina de Privacidad

Hamaspik Kings, Inc.
4102 14th Avenue, Brooklyn NY
718-387-8400.

Recopilación, uso y uso compartido de información:

CÓMO COMPARTIMOS SU INFORMACIÓN:

Números de teléfono móvil. Su número de teléfono no se compartirá con terceros/afiliados para fines de marketing o promocionales. Hamaspik of Kings County puede compartir su número de teléfono con ciertos terceros con el único propósito de ayudarnos a proporcionarle las comunicaciones automatizadas. Todas las demás categorías excluyen los datos de consentimiento y suscripción del emisor de mensajes de texto; esta información no se compartirá con terceros.

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Al enviar su número de teléfono, autoriza a Hamaspik of Kings County a enviarle mensajes de texto informativos, mensajes multimedia y/o llamadas telefónicas mediante un sistema de marcación automática o una voz artificial o pregrabada al número de teléfono que ha proporcionado. Su consentimiento no es una condición para hacer negocios o realizar la compra de bienes/servicios de Hamaspik of Kings County. Pueden aplicarse tarifas de mensajes y datos.

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