¿Puedo perder la elegibilidad?

Existen varios tipos de elegibilidad de la OPWDD. La elegibilidad en sí no se revoca, pero el tipo de elegibilidad que usted recibe puede cambiar.

  • Elegibilidad permanente no caduca ni se revoca. A las personas que son declaradas elegibles para la OPWDD a los 8 años de edad o más se les otorga la elegibilidad permanente.
  • Elegibilidad provisional (temporal) se otorga a las personas que solicitan la OPWDD antes de los 8 años. Esto permite el acceso a servicios específicos y limitados, y requiere una nueva solicitud para obtener la elegibilidad permanente una vez que la persona cumple 8 años.
  • Una vez concedida la elegibilidad permanente, su coordinador de atención solicitará los servicios de exención específicos que mejor se adapten a sus necesidades. La aprobación de la exención para estos servicios debe renovarse anualmente, y este proceso es gestionado por su administrador de atención.

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